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Dimayor confirma que Junior pierde el partido por alinear cuatro extranjeros

Por un marcador de 0-3. Además tendrá que pagar una multa de casi 13 millones de pesos

Tras analizar el caso que se presentó durante el empate a dos entre Atlético Junior e Independiente Medellín, el Comite Disciplinario de la División Mayor del Fútbol Colombiano (Dimayor) determinó que el equipo barranquillero pierde el partido por un marcador de 0-3 por haber infringido el Artículo 42 del Reglamento del campeonato el cual establece que en "cada uno de los encuentros oficiales (…) se podrá mantener en el terreno de juego hasta tres (3) jugadores extranjeros"

A continuación el comunicado completo de la Dimayor

"Caso Junior – Deportivo Independiente Medellín

Nos permitimos informarles que el Comité Disciplinario del Campeonato determinó que el partido disputado entre Junior y DIM válido por los cuartos de final ida de la Liga Águila I 2015, debe entenderse finalizado con un marcador de cero por tres (0x3) a favor del visitante, luego de la infracción cometida por el Junior en contra del Artículo 42 del Reglamento del campeonato el cual establece que en “cada uno de los encuentros oficiales (…) se podrá mantener en el terreno de juego hasta tres (3) jugadores extranjeros”.

En el minuto 74 del mencionado compromiso, el club barranquillero sustituyó al jugador Gustavo Cuellar por Luis López y coincidieron en la cancha cuatro (4) jugadores extranjeros, (Sebastián Viera – Uruguayo, Roberto Ovelar – Paraguayo, Nery Bareiro – Paraguayo y Luis López – Argentino). Ante esta situación el CDC ordenó sancionar a Junior con la pérdida del partido, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 97, literal G del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol según el cual: “Infracciones sancionables con pérdida del partido (…) al club, seccional municipal o departamental que incluya en la planilla de juego un número de jugadores extranjeros o nacionalizados superior al autorizado”.

El club Junior mediante comunicación enviada a la Dimayor, renunció a los términos y a la facultad de interponer recursos, por lo cual la decisión contenida en la Resolución 023 del 22 de mayo de 2015, surte efectos inmediatos a partir de su publicación.

Este marcador cero por tres (0x3) a favor del DIM será aplicado en tablas de posiciones, reclasificación y descenso. Sin embargo, los goles anotados durante el partido (2×2) se aplican única y exclusivamente para efectos de la tabla de goleadores. De igual manera, las decisiones disciplinarias adoptadas por el juez central del compromiso (tarjetas amarillas y/o expulsiones) se mantienen según el Artículo 76 numeral 4 del Código Disciplinario de la Federación Colombiana de Fútbol que enuncia: “Una expulsión, incluso cuando se produzca en un partido interrumpido o anulado, conllevará una suspensión automática para la siguiente fecha del mismo campeonato, sin perjuicio de la sanción definitiva que se le imponga”".

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