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Dimayor sanciona drásticamente a ´Pecoso´, Hoyos y Torrente

También se conocieron las sanciones de Medellín, Junior y Millonarios

El Comité Disciplinario del Campeonato de Fútbol Profesional de la Dimayor ha establecido una rígida sanción a las escuadras de Millonarios, Deportivo Cali, Once Caldas, Boyacá Chico, Junior y Medellín en los siguientes aspectos:

Recurso de reposición presentado por el representante legal del club Once Caldas S.A., en contra del artículo 5º de la Resolución No. 11 del 5 de abril de 2016 que sancionó al señor Javier Torrente, Director Técnico, con ocho millones doscientos setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos ($8.273.448,oo) de multa y un mes y medio más dos (2) fechas de suspensión por incurrir en provocación al público y participación en una riña en el partido disputado por la 11ª fecha de la Liga Águila I 2016 contra el club Millonarios F.C. S.A. (Arts. 80 y 85 CDU). No se repone la sanción y se confirma la decisión inicial. Del análisis del recurso y las pruebas aportadas el Comité considera que no existe mérito para modificar la decisión previamente adoptada. Si bien aportó pruebas encaminadas a establecer que el señor Javier Torrente no se desplazó a la tribuna del Estadio Palogrande con el fin de provocar al público y que no había incurrido en una riña, el Comité considera que las pruebas inicialmente practicadas, particularmente las imágenes oficiales de lo acontecido, indican precisamente lo contrario.

Reconsideración de la decisión contenida en el artículo 9º de la Resolución No. 011 del 5 de abril de 2016 que sancionó al club Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A. con ocho millones doscientos setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos (8.273.448,oo) de multa y cuatro (4) fechas de suspensión parcial de las tribunas norte y sur del estadio donde juega en calidad de local el club, por la conducta impropia de los espectadores en el partido disputado como visitante por la 11ª fecha de la Liga Águila I 2016 contra el club Once Caldas S.A. (Art. 98 CDU). En ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 60 del CDU de la FCF1 , el Presidente de la Dimayor solicitó al Comité la reconsideración de la decisión sancionatoria descrita, ante la excepcional circunstancia ocurrida consistente en la ausencia de veracidad de la información remitida que sirvió de fundamento para la imposición de la sanción. En efecto, con posterioridad a la adopción y notificación de la decisión, el Comité fue informado de que los hechos ocurridos no dieron como resultado “(…) un total de diez personas heridas con arma blanca (…)” tal y como se indicó en el artículo 9º de la Resolución No. 011 del 5 de abril de 2016, sino que como lo certificó la Cruz Roja, la conducta impropia de los espectadores arrojó seis (6) personas lesionadas pero no a causa del uso de armas blancas.

Cierre de investigación. Señor Ricardo Hoyos, Presidente del club Deportivo Boyacá F.C. S.A., sancionado con seis millones ochocientos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta pesos ($6.894.540,oo) y dos (2) semanas de suspensión para ejercer cualquier actividad deportiva o administrativa relacionada con el fútbol; y señor Fernando Castro Lozada sancionado con siete millones quinientos ochenta y tres mil novecientos noventa y cuatro pesos ($7.583.994,oo) de multa y un mes y medio de suspensión para participar en todas las competencias en las que se encuentre inscrito en DIMAYOR por incurrir en una riña en el partido disputado por la 11ª fecha de la Liga Águila I 2016. (Art. 85 CDU). A través de medios de comunicación e informe del Puesto de Mando Unificado (PMU) el Comité tuvo conocimiento de una riña protagonizada por los señores investigados.

Jarlan Barrera, jugador inscrito con el Club Deportivo Popular Junior F.C. S.A., sancionado con seis millones ochocientos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta pesos ($6.894.540,oo) de multa por despojarse de la camiseta al momento de celebrar un gol en el partido disputado por la 12ª fecha de la Liga Águila I 2016 contra el club Atlético Nacional S.A. (Art. 84). De acuerdo con el video oficial del partido, en el minuto 86 del segundo tiempo Jarlan Barrera se despojó de la camiseta al momento de celebrar un gol. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.

El Equipo del Pueblo S.A. (DIM) sancionado tres millones cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos veinte pesos ($3.447.720,oo) por retrasar el inicio del segundo tiempo en el partido disputado por el club en calidad de local por la 12ª fecha de la Liga Águila I 2016 contra el club Alianza Petrolera F.C.S.A. (Art. 92-D CDU). De acuerdo con el informe arbitral el Equipo del Pueblo S.A. (DIM) se presentó 4 minutos tarde para el inicio del segundo tiempo.

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